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¿Tienes una sentencia con el Estado?

Nosotros te la compramos.

Obtén tu pago sin esperar más

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Pesos Desembolsados

Tasa de Recaudo

Enviamos toda la información

Recopila la información que tienes y nos la envias a través de correo electrónico.

Analizamos y te hacemos una oferta

Nuestro equipo jurídico evalúa la viabilidad y te presentamos una oferta de compra clara.

Notificamos y firmamos

Notificamos la cesión de la sentencia a la entidad deudora y una vez aprueben la cesión, firmamos contigo.

¡Listo! Recibe tu pago

Una vez la entidad expide la aceptación, nosotros realizamos el desembolso directo a tu cuenta.

¿Mi sentencia aplica?

Conoce los requisitos para poder comprar tu sentencia.

  • NSentencia ejecutada: El proceso ya tiene fallo en firme.
  • NTurno de pago asignado: La entidad ya reconoce la deuda en fila de pago.
  • NEntidad pagadora de orden nacional: No aplica para entidades territoriales o municipales.
  • NMonto mínimo de la sentencia: Monto mínimo de la sentencia

¿Por qué vender tu sentencia?

No es solo una transacción. Te acompañamos de principio a fin.

01

Liquidez sin esperar a la entidad

Cobra el valor de tu sentencia hoy, sin depender del cronograma de pago del Estado. Cuantum te desembolsa en cuanto se complete la cesión.

02

Proceso jurídico formal y seguro

Contrato de cesión de derechos, notificación oficial a la entidad y acompañamiento legal en cada paso. Todo documentado y respaldado.

03

Atención directa, no un robot

Un asesor especializado te acompaña desde la primera consulta hasta el desembolso. Llamadas directas y reuniones virtuales cuando las necesite.

04

Certeza desde el primer día

Sabrá exactamente qué recibe y cuándo. Sin sorpresas, sin promesas vacías. Cuantum trabaja con transparencia y trayectoria comprobada.

Entidades con las que trabajamos frecuentemente

Trayectoria que respalda cada negociación

Lo que dicen nuestros clientes

Preguntas Frecuentes

Conoce los requisitos para poder comprar tu sentencia.

¿Es legal vender los derechos de mi sentencia?

Sí. La cesión de derechos económicos derivados de sentencias judiciales está expresamente permitida por el Código Civil colombiano. Cuantum formaliza la operación a través de un contrato de cesión de derechos, notifica a la entidad pagadora y actúa conforme a la ley. Todo el proceso es revisado por nuestro equipo jurídico.

¿Cuánto tiempo tarda en recibir el pago?

Una vez perfeccionada la cesión y recibido el oficio de aceptación de la entidad pagadora —lo cual toma en promedio entre 45 y 90 días según la entidad—, Cuantum realiza el desembolso. El proceso depende en parte del tiempo de respuesta del Estado, que nosotros gestionamos activamente. No prometemos fechas exactas, pero sí acompañamos cada etapa hasta el pago.

¿Qué pasa si la entidad no acepta la cesión?

En la gran mayoría de casos, la entidad acepta la cesión. Las negativas son poco frecuentes y suelen resolverse jurídicamente. Cuantum tiene experiencia gestionando estos escenarios y nuestro equipo legal acompaña el proceso hasta su resolución.

¿Qué documentos necesito para iniciar?

Para el análisis inicial basta con la información básica de la sentencia: número de radicado, entidad condenada, monto aproximado y estado del proceso. Si califica, le indicaremos exactamente qué documentos formalizar. El proceso completo es guiado por nuestro equipo.

¿Cuantum trabaja solo con abogados o también con beneficiarios directos?

Trabajamos con abogados, firmas jurídicas, freelancers del sector legal y también directamente con beneficiarios que tengan sentencias activas contra el Estado. En todos los casos, el proceso y el acompañamiento son los mismos.

¿Cuáles son los tipos de proceso que compran?

Compramos principalmente sentencias derivadas de procesos de Reparación Directa y Nulidad y Restablecimiento del Derecho contra entidades de orden nacional. Si tiene un proceso diferente, cuéntenos su caso y lo evaluamos.

Llena el formulario y elaboramos una propuesta clara y justa para ti.

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